Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las letras a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento ratificado por el presente real decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://elliotgycdg.bloguerosa.com/35124752/redes-contra-incendios-misterios